Retención en la fuente: ¿a quiénes se aplica?
La retención en la fuente es uno de los conceptos tributarios más importantes para trabajadores y empleadores en Colombia. Aunque muchas personas lo ven ya descontado en su salario, pocos comprenden realmente por qué se hace, quiénes están obligados y cómo afecta sus ingresos y prestaciones sociales. Entender este mecanismo no solo aporta claridad financiera sino que también ayuda a tomar decisiones más acertadas al momento de buscar empleo, negociar salario o planear tu futuro profesional.
En este artículo te explicamos con claridad quiénes están sujetos a retención en la fuente, cómo se aplica en el contexto laboral y qué aspectos debes considerar según las normas tributarias colombianas actuales.
¿Qué es la retención en la fuente?
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos que utiliza la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y que se aplica al momento de hacer determinados pagos, como salarios, honorarios, servicios, arrendamientos u otros conceptos gravados. Esto facilita que el Estado recaude parte del impuesto que podrías deber al final del año fiscal sin esperar hasta la declaración anual.
¿Por qué existe la retefuente?
El propósito principal de la retención en la fuente es asegurar el pago gradual de impuestos durante el año, reducir la evasión fiscal y simplificar el cumplimiento tributario tanto para quienes pagan como para quienes reciben los ingresos.
Por ejemplo, al recibir tu salario mensual, una parte se descuenta como retención en la fuente y se envía directamente a la DIAN como anticipo de tu impuesto de renta. Este valor no es un “cargo extra”, sino un monto que se resta de lo que podrías deber en tu declaración de renta anual.
¿A quiénes se aplica la retención en la fuente?
La retención en la fuente no se aplica automáticamente a todas las personas. Depende de varios factores, entre ellos el tipo de ingreso que recibes, el monto y tu condición ante la DIAN.
1. Trabajadores con contrato laboral
Si tienes un contrato laboral formal, tu empleador puede actuar como agente retenedor. Eso significa que:
- Se evalúa si tu ingreso supera ciertos topes establecidos por la DIAN para aplicar retención en la fuente.
- Generalmente, si tu salario mensual es cercano o superior a 95 UVT (Unidad de Valor Tributario) ajustado para el año de que se trate, corresponde practicar retención en la fuente.
La retención se calcula sobre la base gravable después de deducir aportes obligatorios a salud, pensión y otras deducciones legales. Utiliza nuestra calculadora salarial
2. Personas que prestan servicios u honorarios
Si trabajas como independiente o bajo contrato de prestación de servicios, también puedes estar sujeto a retención en la fuente, especialmente si tus pagos y abonos o facturación superan ciertos límites en el año. Este tipo de retención aplica tanto para profesionales como para personas que generan ingresos por comisiones u otros conceptos de trabajo independiente.
3. Otros pagos laborales o asimilados
Además de salarios, la retención puede aplicarse sobre otros ingresos derivados de tu relación laboral o de servicios que prestes, como comisiones, bonificaciones, horas extra o servicios ocasionales, siempre que se superen los umbrales mínimos establecidos.
¿Quiénes son sujeto activo y sujeto pasivo en la retención?
Para entender la retención en la fuente, es importante conocer dos términos clave:
- Sujeto activo: en este caso, la DIAN, que es la entidad que recibe las retenciones realizadas por los agentes retenedores.
- Sujeto pasivo: tú, como persona natural o jurídica que recibe el pago y sobre el cual recae la obligación tributaria.
El empleador o pagador actúa como agente retenedor, es decir, quien realiza el descuento y lo reporta a la DIAN.
¿Qué es el formulario retención en la fuente?
El formulario retención en la fuente es el documento oficial que utiliza el agente retenedor para reportar, certificar y presentar los valores descontados ante la DIAN. Aunque en el contexto laboral este trámite lo realiza el empleador, es importante que tú tengas claridad sobre su existencia, ya que sirve como soporte al momento de presentar tu declaración de renta y demuestra cuánto te retuvieron durante el año.

Tabla de retención en la fuente 2026
Esta tabla resume las principales retenciones en la fuente aplicables en Colombia, indicando la base mínima en UVT y en pesos, así como el porcentaje de retención según el tipo de ingreso o transacción.
| Concepto | Base mínima en UVT | Base mínima en pesos | Porcentaje de retención |
|---|---|---|---|
| Salarios y demás rentas de trabajo (Art. 383 ET) | ≥ 95 | $4.976.000 | Según tabla Art. 383 |
| Indemnizaciones laborales para trabajadores con ingresos superiores a 204 UVT | 0 | 100 % del pago | 20 % |
| Compras generales (declarantes de renta) | 10 | $524.000 | 2,5 % |
| Compras generales (no declarantes de renta) | 10 | $524.000 | 3,5 % |
| Servicios generales (declarantes de renta) | 2 | $105.000 | 4 % |
| Servicios generales (no declarantes de renta) | 2 | $105.000 | 6 % |
| Honorarios y comisiones a personas jurídicas | 0 | 100 % del pago | 11 % |
| Honorarios y comisiones (no declarantes de renta) | 0 | 100 % del pago | 10 % |
| Honorarios y comisiones a personas jurídicas y personas naturales con contratos superiores a 3.300 UVT | 0 | 100 % del pago | 11 % |
| Arrendamiento de bienes muebles | 0 | 100 % del pago | 4 % |
| Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes y no declarantes) | 10 | $524.000 | 3,5 % |
| Otros ingresos tributarios (declarantes de renta) | 10 | $524.000 | 2,5 % |
| Otros ingresos tributarios (no declarantes de renta) | 10 | $524.000 | 3,5 % |
| Licenciamiento y derecho de uso de software | 0 | 100 % del pago | 3,5 % |
| Contratos de construcción y urbanización | 10 | $524.000 | 2 % |
| Servicios de transporte nacional de carga | 2 | $105.000 | 1 % |
| Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre | 10 | $524.000 | 3,5 % |
| Servicios de hoteles y restaurantes | 2 | $105.000 | 3,5 % |
| Intereses y demás rendimientos financieros | 0 | 100 % del pago | 7 % |
| Compras de combustibles derivados del petróleo | 0 | 100 % del pago | 0,10 % |
| Compras con tarjeta débito o crédito | 0 | 100 % del pago | 1,5 % |
| Servicios de vigilancia y aseo (sobre AIU, mínimo 10 % del contrato) | 2 | $105.000 | 2 % |
| Servicios integrales de salud prestados por IPS | 2 | $105.000 | 2 % |
| Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU, mínimo 10 % del contrato) | 2 | $105.000 | 1 % |
| Enajenación de activos fijos de personas naturales (inmuebles y vehículos) | 0 | 100 % del pago | 1 % |
| Adquisición de vivienda hasta 10.000 UVT | ≥ 10 | ≤ $523.740.000 | 1 % |
| Adquisición de vivienda por el excedente de 10.000 UVT | Exceso | > $523.740.000 | 2,5 % |
| Adquisición de bienes raíces para uso diferente a vivienda | ≥ 10 | ≥ $524.000 | 2,5 % |
| Rete IVA por compras (15 % sobre el IVA) | 10 | $524.000 | 15 % |
| Rete IVA por servicios (15 % sobre el IVA) | 2 | $105.000 | 15 % |
Tabla explicada de retefuentes más comunes (enfocada en trabajadores)
En Colombia, la retención en la fuente puede aparecer en tu desprendible de nómina o en pagos por servicios. No siempre aplica, y cuando aplica, depende del tipo de ingreso y de si superas una base mínima (en UVT o en pesos). Esta guía te ayuda a entender cuándo te puede afectar a ti.
1. Si eres trabajador con contrato laboral (nómina)
Salarios y demás rentas de trabajo (Art. 383 ET)
- ¿A quién le aplica? A personas con contrato laboral cuyo ingreso mensual (depurado) supere el umbral indicado (≥ 95 UVT).
- ¿Qué significa para ti? Si ganas por encima de ese nivel, es más probable que en tu nómina aparezca un descuento por retefuente.
- ¿La tarifa es fija? No. Se calcula con la tabla del Art. 383, por rangos.
Indemnizaciones laborales (cuando el trabajador devenga más de 204 UVT)
- ¿A quién le aplica? A trabajadores que reciben una indemnización (por ejemplo, terminación sin justa causa), y que están en el rango alto indicado.
- ¿Qué te descuentan? 20% sobre el pago (según la fila que compartiste).
- Ojo práctico: No es el escenario más común, pero cuando pasa, el descuento se siente fuerte porque es un pago grande.
2. Si trabajas por prestación de servicios (independiente) o te pagan honorarios
Aquí es donde muchos candidatos se confunden porque creen que “solo a empleados les descuentan”. No: si te pagan por servicios u honorarios, también puede haber retefuente.
Servicios generales (declarantes de renta / no declarantes)
- ¿Cuándo aplica? Desde bases bajas (2 UVT / $105.000 según tu tabla).
- Tarifa:
- Declarantes: 4%
- No declarantes: 6%
- Ejemplo típico: si haces un trabajo remoto por prestación de servicios y te pagan una cuenta de cobro, es posible que te retengan.
Honorarios y comisiones (personas jurídicas / no declarantes)
- ¿Cuándo aplica? Desde cualquier valor (base 0 / 100% del pago).
- Tarifa: 11% (personas jurídicas) o 10% (no declarantes, según tu tabla).
- En lenguaje simple: si te pagan “por tu profesión” (abogado, diseñador, consultor, reclutador, analista, etc.), esto suele caer en honorarios.
Honorarios y comisiones con contrato superior a 3.300 UVT
- ¿A quién le importa esto? A quienes firman contratos grandes (ej. consultorías anuales).
- Tarifa: 11%
3. Si arriendas (y te pagan a ti)
Arrendamiento de bienes inmuebles
- ¿A quién le aplica? Si arriendas un apartamento, local u oficina y el pagador es agente retenedor.
- Base mínima: 10 UVT / $524.000
- Tarifa: 3,5%
Arrendamiento de bienes muebles
- Ejemplo: arriendo de equipos, maquinaria, etc.
- Tarifa: 4%
4. Si recibes otros ingresos (no salario)
Otros ingresos tributarios
- ¿Qué puede ser? Pagos ocasionales gravados, según tu actividad o contrato.
- Tarifa: 2,5% (declarantes) / 3,5% (no declarantes)
- Base mínima: 10 UVT / $524.000
Licenciamiento y derecho de uso del software
- Ejemplo real: si haces desarrollo y vendes licencias o cobras por derecho de uso.
- Tarifa: 3,5%
5. Si haces negocios que no son “tu salario”, pero te afectan en la vida real
Intereses y rendimientos financieros
- Ejemplo: CDT, rendimientos, etc.
- Tarifa: 7%
Compras con tarjeta débito o crédito
- Tarifa: 1,5% (según tu tabla)
Compras generales
- Base mínima: 10 UVT / $524.000
- Tarifa: 2,5% declarantes / 3,5% no declarantes
6. Bienes raíces y ventas (casos especiales)
Enajenación de activos fijos de personas naturales
- Ejemplo: venta de carro o inmueble (la retención puede hacerla notaría o tránsito).
- Tarifa: 1%
Compra de vivienda
- Hasta 10.000 UVT: 1%
- Excedente: 2,5%
- Útil si estás comprando vivienda y quieres anticipar costos.
7. ReteIVA (importante si prestas servicios o facturas con IVA)
Rete IVA por compras: 15% sobre el IVA (desde 10 UVT)
Rete IVA por servicios: 15% sobre el IVA (desde 2 UVT)
Cómo se relaciona la retención con salario y prestaciones sociales
Aunque la retención en la fuente se aplica sobre ingresos laborales, no significa que afecte directamente tus prestaciones sociales como prima, cesantías o vacaciones. Estas prestaciones tienen un tratamiento distinto según la legislación laboral colombiana.
No obstante, la retención influye en tu salario neto, es decir, lo que efectivamente recibes después de descuentos como salud, pensión y la propia retención en la fuente.
¿Cómo saber si te están aplicando correctamente la retefuente?
Para verificar que la retención se esté aplicando correctamente:
- Revisa tu desprendible de nómina y confirma que el valor de retención en la fuente corresponde a lo establecido por la DIAN según tu ingreso.
- Revisa las tablas oficiales vigentes para el año en curso.
- En caso de dudas o discrepancias, puedes consultar con un asesor tributario o utilizar herramientas de cálculo de nómina que te permitan simular tu retención.
Preguntas frecuentes sobre la retefuente
¿Desde qué salario se aplica la retención en la fuente en Colombia?
La retención se aplica cuando el salario supera los umbrales establecidos en UVT para el año correspondiente y solo si se cumple con las condiciones legales para practicarla.
¿La retención en la fuente es un impuesto adicional?
No. La retención en la fuente es un anticipo del impuesto de renta, y lo que retuvieron se descuenta al hacer tu declaración anual.
¿Los contratos de prestación de servicios tienen retención?
Sí. En muchos casos, los pagos bajo este tipo de contrato están sujetos a retención en la fuente si superan ciertos valores y cumples con los requisitos establecidos por la normativa tributaria.
¿Se puede recuperar lo retenido?
Sí. Si al momento de declarar renta resulta que te retuvieron más de lo que te correspondía pagar, puedes solicitar la devolución o compensación de ese saldo ante la DIAN.
¿Dónde puedo consultar la tabla oficial?
La DIAN publica cada año las tablas de retención en la fuente vigentes, que puedes consultar directamente en su sitio web y que te ayudan a verificar tus descuentos.
Entender la retención en la fuente es fundamental para cualquier persona que reciba ingresos laborales en Colombia, ya que afecta directamente el cálculo del impuesto de renta y tu salario neto. Este conocimiento te permitirá evaluar tus oportunidades cuando buscas trabajo, negociar con mayor claridad y manejar tus finanzas personales con mayor precisión.

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