Incapacidades laborales en Colombia 2024
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Conoce en qué casos aplica esta instancia y cómo la puedes validar ante tu jefe.
Las incapacidades médicas en Colombia se ofrecen cuando un trabajador sufre de una enfermedad o accidente y para su recuperación requiere un tratamiento médico con descanso físico, lo que no le permite trabajar. Sin embargo, también lo protege de ser despedido o sancionado durante la mitad de un año si el dictamen fue, por ejemplo, reposo absoluto.
A continuación, el Ministerio de Justicia y del Derecho ofreció dos ejemplos de lo anterior:
- Mientras estaba trabajando, Eleonora se cayó por las escalas de la oficina. En la clínica donde la atendieron, luego de hacerle varios exámenes le dijeron que tenía una fractura en la pierna derecha, por lo que le dieron 3 meses de incapacidad.
- Héctor es el mensajero de una empresa. Una mañana, cuando se preparaba para irse a trabajar, tuvo un dolor muy fuerte en su estómago, por lo que tuvo que ser llevado de urgencias a la Clínica, donde se dieron cuenta que tenía apendicitis y lo operaron ese mismo día en la tarde. Después de la cirugía le dieron 10 días de incapacidad.
Para este y otros casos similares en los que se esté en presencia de una incapacidad laboral, el trabajador debe tener en cuenta las siguientes condiciones bajo las que esta normativa se garantiza.
- La empresa es la responsable por el pago del salario al trabajador, en los porcentajes que corresponda según el tipo de incapacidad en la que se encuentre y el tiempo que lleve en ese estado, pues aun estando en incapacidad el contrato de trabajo sigue vigente.
- Ojo: Las incapacidades que superen los 180 días, causadas por una enfermedad o accidente común, y que no permitan la prestación de los servicios por parte del empleado, genera una justa causa de terminación del contrato de trabajo. Por lo tanto, el empleado puede ser despedido, previa autorización del Ministerio de Trabajo, que verificará que el despido no constituya una discriminación hacia el trabajador por su discapacidad.
3. Si el trabajador no está afiliado al sistema de seguridad social, la empresa debe asumir directamente la incapacidad. El empleador que haya pagado a un trabajador una incapacidad que debe ser asumida por la EPS o la ARL, podrá recobrar a esta entidad el valor pagado, o deducirlo de los aportes que deba hacerle como cotización.
4. El pago de las incapacidades se hace de acuerdo con el Ingreso Base de Liquidación, que es el salario sobre el cual se hacen cada mes los aportes al Sistema de Seguridad Social. Por eso, debe tener presente que, si el pago mensual que te hace tu empresa incluye ingresos no salariales como bonificaciones, primas, gastos de representación, alimentación, transporte, etc., tus cotizaciones se realizan sin tener en cuenta estas sumas, por lo que al momento de recibir pagos de incapacidades estas se calcularán sobre un monto inferior a sus ingresos en periodos normales de trabajo.
5. Durante los periodos de incapacidad, la empresa deberá seguir haciendo los aportes al Sistema de Seguridad Social, y estos se harán tomando el valor de la incapacidad como Ingreso Base de Liquidación.
6. Cuando finaliza el periodo de incapacidad y el empleado recupera su capacidad para trabajar, el empleador debe reincorporarlo al cargo que desempeñaba o reubicarlo en una de las mismas condiciones.
Si necesitas más información sobre incapacidades laborales podrás acercarte a las alcaldías municipales, personerías, defensorías, EPS, fondo de pensiones o ARL a la que estás afiliado.
La ñapa
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